Casos de Uso Jurídicos

De trámites tradicionales a electrónicos

Firmas en Línea - Sección

El inicio de la pandemia paralizó temporalmente las actividades en México, trayendo como consecuencia buscar alternativas para avanzar en trabajos, actividades, economía, entre otros. Uno de los mayores retos, fue para las entidades gubernamentales, ¿Cómo continuar sin poner en riesgo a sus funcionarios y solicitantes?

Si bien, con el paso de los años se ha implementado la tecnología en las entidades gubernamentales, pensar en realizar totalmente los trámites de manera remota parecía imposible, sin embargo, en el último año se ha logrado acelerar el proceso de implementación de tecnología, tal cual podemos apreciarlo en ciertas dependencias gubernamentales.

En el sector privado, las empresas han buscado realizar de manera eficiente las actividades que llevan a cabo diariamente utilizando la tecnología, como ejemplo, celebrar y formalizar actos a través de medios remotos, implementar la firma electrónica y digital. Imaginemos que estos documentos firmados de manera electrónica se deban presentar ante una dependencia para concluir un trámite, ¿Las dependencias están listas para reconocer y darle la validez a estos actos jurídicos electrónicos?   

Por lo anterior, la única manera de resolverlo es viviendo la experiencia. Iniciamos con el Instituto Nacional del Derecho de Autor (por sus siglas conocido como INDAUTOR), un trámite que hemos realizado los últimos años de manera tradicional era momento de llevarlo a la era digital.

Solicitud ante requisitos tradicionales

Para realizar la solicitud de registro de una obra, es necesario presentar de manera física en las oficinas centrales o de enlace, la siguiente documentación:

  • Solicitud de registro de obra 
  • Dos ejemplares de la obra
  • Comprobante de pago de derechos 
  • En caso de que el titular fuese una persona moral 
    • Documento que acredite la existencia de la persona moral 
    • Documento que acredite la personalidad del representante legal 
  • Documento mediante el cual acredite la titularidad de los derechos patrimoniales sobre la obra (Original) 

Uno de los documentos más importantes en este trámite, es obtener la firma del documento que acredita la titularidad de los derechos patrimoniales de la obra. Al tener involucrados distintas personas físicas para la firma de dichos documentos, y a las restricciones de movilidad que se vivieron dentro del estado, recabar firmas de manera física era un riesgo para los participantes, por lo que se decidió realizar dichas firmas de manera electrónica. 

Proceso

Ahora bien, era momento de experimentar ante el INDAUTOR si el contrato de obra por encargo, documento con el que se acredita la titularidad de la obra y que había sido formalizado de manera electrónica sería reconocido ante dicha autoridad. 

Cabe destacar que el INDAUTOR en atención a las disposiciones emitidas a las distintas dependencias gubernamentales en torno a la pandemia ocasionada por el COVID-19, habilitó la presentación de las solicitudes mediante correo electrónico. Siendo esto una pauta importante para establecer trámites de manera electrónica. En virtud, de lo anterior se dio inicio a la presentación de la solicitud de registro de obra.

Los solicitantes que desearan requerir la protección de alguna obra debiesen seguir el siguiente procedimiento:  

  1. Completar la solicitud de registro de obra RPDA-01 y en caso de ser más de un Autor anexar el formato RPDA-01-A1. 
  2. Anexar a la solicitud:
    1. Dos ejemplares de la obra
    1. Comprobante de pago de derechos 
    1. En caso de que el titular fuese una persona moral 
      1. Documento que acredite la existencia de la persona moral 
      1. Documento que acredite la personalidad del representante legal 
    1. Documento mediante el cual acredite la titularidad de los derechos patrimoniales sobre la obra.  
  3. Enviar la solicitud y sus anexos de manera digital al correo de obra.contigencia@cultura.gob.mx

Una vez enviada la documentación al correo señalado por la autoridad, está en un plazo no determinado evaluará la información presentada para su aceptación, requerimiento o rechazo. 

Éxito

Puesto en marcha el ejercicio anteriormente expuesto se enviaron los contratos privados firmados de manera electrónica haciéndose uso de la firma electrónica como de la firma digital, adjuntados a la solicitud junto con el resto de la documentación solicitada para llevar a cabo el registro de obra ante el INDAUTOR. En un plazo aproximado de 15 días hábiles se obtuvo de manera satisfactoria la emisión del certificado provisional del registro de la obra. 

Lo anterior, es una muestra que la autoridad reconoce los documentos celebrados con firma electrónica o firma digital, abriéndose con lo anterior la posibilidad de migrar a corto plazo los trámites tradicionales a una forma electrónica. 

Fecha de última revisión: 09 de septiembre de 2021